Para prepagar sus impuestos a la propiedad de 2026 en cuotas trimestrales, complete la Solicitud del Plan de Pago Trimestral2026y envÃela: Â
También puede inscribirse en lÃnea en https://mdctaxcollector.gov.
Para solicitar una solicitud por correo, escriba asupport@mdctaxcollector.gov, o llame al 305-375-5448. Â Â Â
Las solicitudes deben recibirse antes del 30 de abril de 2026. Â
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Aviso Importante Â
Si sus impuestos a la propiedad son pagados a través de su compañÃa hipotecaria, no se inscriba en este plan. Â
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Calendario de Pagos Trimestrales 2026 Â
Primer Pago Â
Vence: 30 de junio de 2026 (facturas enviadas el 31 de mayo de 2026) Â
Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos con un descuento del 6%, basado en los impuestos de 2025. Â
PerÃodo de Gracia: Pagos atrasados aceptados hasta el 31 de Julio de 2026 (sin descuento). Â
Importante: Al pagar la primera cuota, usted confirma su participación y queda inscrito automáticamente para el año siguiente. Â
Si no se recibe antes del 31 de Julio de 2026, será removido del plan y se le regresará a la facturación anual. Â
Si no recibe su factura de la primera cuota antes del 15 de Junio de 2026, llame al 305-375-5448 o visite https://mdctaxcollector.govpara verla/pagarla en lÃnea. Â
Segundo Pago Â
Vence: 30 de septiembre de 2026 (facturas enviadas el 30 de agosto de 2026) Â
Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos con un descuento del 4.5%, basado en los impuestos de 2025. Â
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Tercer Pago Â
Vence: 31 de diciembre de 2026 (facturas enviadas el 30 de noviembre de 2026) Â
Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos más la mitad de cualquier ajuste conforme a la obligación real de 2026, con un descuento del 3%. Â
Cuarto Pago Â
Vence: 31 de marzo de 2027 (facturas enviadas el 28 de febrero de 2027) Â
Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos más la mitad de cualquier ajuste conforme a la obligación real de 2026. Sin descuento.   Â
Información Adicional Â
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Contribuciones Especiales: Los impuestos de distritos de mejoras pueden tener intereses adicionales según lo requiera la ley. Â
Regla de Fines de Semana/Feriados: Si la fecha de vencimiento cae en sábado, domingo o feriado legal, el pago será aceptado el siguiente dÃa hábil si se realiza en lÃnea o en persona. Â
Descuentos: No aplican a pagos atrasados. Si interrumpe su participación, no tiene derecho a descuentos por pago a plazos. Â
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Referencias Legales Â
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F.S. 197.322 – Los perÃodos de descuento no se extienden debido a facturas no entregadas (electrónicas o postales). Â
F.S. 197.122 – Todos los propietarios se consideran informados de que los impuestos se deben y son pagaderos anualmente, y son responsables de averiguar y pagarlos antes del 1 de Abril del año siguiente a la tasación. Â