Como nuevo residente de Florida, está obligado a titular y registrar su vehículo dentro de los 30 días posteriores al establecimiento de su residencia. Su seguro también debe ser cambiado o reemplazado por un seguro válido del estado de Florida.

Al solicitar un título para un vehículo motorizado previamente registrado o titulado en otro estado, se debe verificar el Número de Identificación del Vehículo (VIN) en el vehículo real para asegurar que el vehículo sea el mismo que el descrito en la prueba de propiedad. Si el título de otro estado se encuentra actualmente en posesión de un acreedor prendario de otro estado, debe comunicarse con dicho acreedor para solicitar que el título sea transferido a Florida. Por favor, utilice el formulario HSMV 83060para acreedores prendarios de otros estados. Por favor, utilice el formulario HSMV 82042  o la sección ocho del HSMV 82040  para verificar su número de VIN.

El VIN debe ser inspeccionado físicamente por nuestra oficina o por una de las siguientes entidades:

  • Oficial de policía militar
  • Oficial de las fuerzas del orden público de cualquier estado
  • Concesionario autorizado del estado de Florida
  • Examinador de cumplimiento del DMS o empleados o agentes del Recaudador de Impuestos
  • Notario público comisionado por el estado de Florida

Los vehículos, embarcaciones y remolques provenientes de otros países deben ser inspeccionados por el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados  antes de visitar la oficina del Recaudador de Impuestos.

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