Para prepagar sus impuestos a la propiedad de 2026 en cuotas trimestrales, complete la Solicitud del Plan de Pago Trimestral 2026 y envíela:  

  • Por correo electrónico a support@mdctaxcollector.gov
  • En persona o por correo postal a:    
    Miami-Dade County Office of the Tax Collector    
    200 NW 2nd Avenue    
    Miami, FL 33128      

También puede inscribirse en línea en https://mdctaxcollector.gov.

Para solicitar una solicitud por correo, escriba asupport@mdctaxcollector.gov, o llame al 305-375-5448.    
Las solicitudes deben recibirse antes del 30 de abril de 2026.  

 

Aviso Importante  

Si sus impuestos a la propiedad son pagados a través de su compañía hipotecaria, no se inscriba en este plan.  

 

Calendario de Pagos Trimestrales 2026  

Primer Pago  

  • Vence: 30 de junio de 2026 (facturas enviadas el 31 de mayo de 2026)  

  • Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos con un descuento del 6%, basado en los impuestos de 2025.  

  • Período de Gracia: Pagos atrasados aceptados hasta el 31 de Julio de 2026 (sin descuento).  

  • Importante: Al pagar la primera cuota, usted confirma su participación y queda inscrito automáticamente para el año siguiente.  

  • Si no se recibe antes del 31 de Julio de 2026, será removido del plan y se le regresará a la facturación anual.  

  • Si no recibe su factura de la primera cuota antes del 15 de Junio de 2026, llame al 305-375-5448 o visite https://mdctaxcollector.govpara verla/pagarla en línea.  

Segundo Pago  

  • Vence: 30 de septiembre de 2026 (facturas enviadas el 30 de agosto de 2026)  

  • Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos con un descuento del 4.5%, basado en los impuestos de 2025.  

   

Tercer Pago  

  • Vence: 31 de diciembre de 2026 (facturas enviadas el 30 de noviembre de 2026)  

  • Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos más la mitad de cualquier ajuste conforme a la obligación real de 2026, con un descuento del 3%. 

Cuarto Pago  

  • Vence: 31 de marzo de 2027 (facturas enviadas el 28 de febrero de 2027)  

  • Monto: Una cuarta parte del total estimado de impuestos más la mitad de cualquier ajuste conforme a la obligación real de 2026. Sin descuento.   

Información Adicional   

 

  • Contribuciones Especiales: Los impuestos de distritos de mejoras pueden tener intereses adicionales según lo requiera la ley.  

  • Regla de Fines de Semana/Feriados: Si la fecha de vencimiento cae en sábado, domingo o feriado legal, el pago será aceptado el siguiente día hábil si se realiza en línea o en persona.  

  • Descuentos: No aplican a pagos atrasados. Si interrumpe su participación, no tiene derecho a descuentos por pago a plazos.  

   

Referencias Legales  

 

  • F.S. 197.322 – Los períodos de descuento no se extienden debido a facturas no entregadas (electrónicas o postales).  

  • F.S. 197.122 – Todos los propietarios se consideran informados de que los impuestos se deben y son pagaderos anualmente, y son responsables de averiguar y pagarlos antes del 1 de Abril del año siguiente a la tasación.